Hoy se celebran las elecciones para elegir los diputados al Parlamento de Cataluña en unas condiciones anómalas por aplicación del artículo 155 de la Constitución.
¿Y qué pinta un físico opinando sobre cuestiones políticas? Pues lo de siempre: mi perpetua curiosidad y mi obsesión por los datos.
Esta mañana el catedrático de Derecho Constitucional Carlos Ruiz Miguel de la Universidad de Santiago publicó en su blog un artículo con hechos que yo desconocía.
Son básicamente dos:
i) La ley electoral catalana de reparto de escaños se basa en una disposición transitoria del Estatuto de Autonomía de 1979 en el que reparte de manera automática 6 escaños a cada una de las tres provincias de menos población: Tarragona, Gerona y Lérida.
Los restantes asientos en el Parlamento vendrán por un reparto proporcional según la población para las cuatro provincias catalanas.
ii) La misma disposición fija además un máximo de 85 escaños para la provincia de Barcelona.
Claramente hay una infrarrepresentación de los electores censados en la provincia de Barcelona. Caracen de mínimo en el reparto “inicial” y además se le otorgan menos de los que le tocan por población.
En las elecciones catalanas se eligen 135 representantes para su Parlamento. Se otorgan, como digo, 6 "entrantes" a Tarragona, Gerona y Lérida y el resto por población imponiendo un máximo de 85 escaños a la provincia de Barcelona.
Según el censo de las elecciones de 2015 hay un total de 5 millones y medio de catalanes con derecho a voto. “Poblacionalmente” se reparten 117 escaños (18 ya han sido "otorgados" a T, G y L) ==> 47.000 votos por escaño. Por provincias (entre paréntesis los escaños oficiales por la cuota máxima de B):
B: 4.100.000 ==> 87 escaños (85)
T: 562.000 ==> 18 escaños (18)
G: 510.000 ==> 17 escaños (17)
L: 314.000 ==> 13 escaños (15)
Si atendemos únicamente al criterio “poblacional” se reparten 135 escaños ==> 40700 votos por escaño. Por provincias:
B: 4.100.000 ==> 101 escaños (85)
T: 562.000 ==> 14 escaños (18)
G: 510.000 ==> 12 escaños (17)
L: 314.000 ==> 8 escaños (15)
El último CIS sobre las elecciones catalanas salió hace unos días (http://estaticos.elmundo.es/documentos/2017/12/04/cis_elecciones_catalanas.pdf) arrojando los siguientes resultados en base a estimaciones de voto:
CATALUÑA (CIS)
INDEPENDENTISTAS
|
Comú (8,6%) 9
|
CONSTITUCIONALISTAS
|
ERC (20,8%) 32
|
C´s (22,5%) 31
| |
JxCat (16,9%) 26
|
PSC (16,0%) 21
| |
CUP (6,7%) 9
|
PP (5,8%) 7
| |
67
|
9
|
59
|
:
Aplicando el modelo puramente poblacional que propongo (sin repartir arbitrariamente esos 6 escaños a Tarragona, Gerona y Lérida):
CATALUÑA (REPARTO PROPORCIONAL DE ESCAÑOS) *
INDEPENDENTISTAS
|
Comú (8,6%) 11
|
CONSTITUCIONALISTAS
|
ERC (20,8%) 31
|
C´s (22,5%) 32
| |
JxCat (16,9%) 24
|
PSC (16,0%) 22
| |
CUP (6,7%) 8
|
PP (5,8%) 7
| |
63
|
11
|
61
|
En esta situación el bloque independentista sale clarísimamente perjudicado y la mayoría constitucionalista está mucho más cerca (recordemos que la mayoría absoluta se cifra en 68 escaños).
¿No hubiese sido mejor, sres. Rajoy y Soraya, para su causa que el Decreto de convocatoria de estas elecciones prevaleciese el principio de un-hombre-un-voto e impedir así que la papeleta de los votantes de la provincia de Barcelona sea más pequeña?
César Romero
@CesarRomGa
Doctor en Física
*BARCELONA
INDEPENDENTISTAS
|
Comú (9,6%) 10
|
CONSTITUCIONALISTAS
|
ERC (19,3%) 20
|
C´s (23,4%) 25
| |
JxCat (15,1%) 16
|
PSC (16,8%) 17
| |
CUP (6,9%) 7
|
PP (5,90 %) 6
| |
43
|
10
|
48
|
TARRAGONA
INDEPENDENTISTAS
|
Comú (6,8%) 1
|
CONSTITUCIONALISTAS
|
ERC (23,7%) 4
|
C´s (23,5%) 3
| |
JxCat (13,9%) 3
|
PSC (17,9%) 3
| |
CUP (5,6%) 0
|
PP (7,4%) 1
| |
7
|
1
|
7
|
GERONA
INDEPENDENTISTAS
|
Comú (4,4%) 0
|
CONSTITUCIONALISTAS
|
ERC (24,9%) 4
|
C´s (17,5%) 2
| |
JxCat (29,2%) 4
|
PSC (10,8%) 1
| |
CUP (6,6%) 1
|
PP (3,5%) 0
| |
9
|
0
|
3
|
LÉRIDA
INDEPENDENTISTAS
|
Comú (4,9%) 0
|
CONSTITUCIONALISTAS
|
ERC (28,5%) 3
|
C´s (16,8%) 2
| |
JxCat (25,1%) 2
|
PSC (10,1%) 1
| |
CUP (6,9%) 0
|
PP (5,5%) 0
| |
5
|
0
|
3
|
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